Juan Mauro
El Magistrado Raymundo Wilfrido López Vásquez aseveró que sus bases al momento de emitir un juicio a favor o en contra de algún proyecto presentado en sesión del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), tienen que considerarse principalmente las perspectivas correspondientes a cada caso.
Lo anterior, fue detallado por el Magistrado Wilfrido López al poner como ejemplo el caso de la Asociación Civil LEXIE, misma que recientemente obtuvo su registro como partido político, toda vez que fue considerado como argumento base, que se trata de un partido constituido en su mayoría por mujeres indígenas.
En entrevista para este medio, López Vásquez detalló que al ser mujeres indígenas se trata de dos grupos que históricamente han sido violentados y discriminados por su condición, por eso al ser mujeres se tuvo que juzgar con perspectiva de género, aunado a que se identifican como indígenas, se juzgó con perspectiva intercultural.
Es de mencionar que LEXIE A.C. cumplió con los lineamientos necesarios para obtener su registro como partido político, ya que cumplió con el 0.26% del total del Padrón Electoral, así como también realizaron asambleas en dos terceras partes del total de los distritos electorales toda vez que en Oaxaca realizaron asambleas en 17 de los 25 distritos, además realizó asambleas en las dos terceras partes del total de los municipios de Oaxaca, avaladas en su totalidad por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).
Cabe mencionar que el proyecto presentado por el magistrado presidente Miguel Ángel Carballido, estipulaba la negativa del registro, tal y como lo dispuso el IEEPCO originalmente, sin embargo al realizar un análisis exaustivo al expediente -mismo que contiene inconsistencias- el magistrado Raymundo Wilfrido López Vásquez determinó votar en contra del dictamen, decisión a la que se sumó el magistrado Jiménez Viloria y de esta manera LEXIE A.C. pudo obtener su registro como partido político.